MODELO DE CONTRATO DE TRABAJO POR TIEMPO INDEFINIDO
CONTRATO DE TRABAJO POR TIEMPO INDEFINIDO
Comparecen
a la celebración del presente Contrato de Trabajo por Tiempo Indefinido; por
una parte el Ministerio del Trabajo, legalmente representado por ______________________________________,
delegada del Ministro del Trabajo, a quien en adelante y para efectos de este
contrato se le denominará como el “EMPLEADOR”; y por otra parte, el/la señor/a (Nombres y apellidos completos), con
cédula de ciudadanía o pasaporte No. XXXXX, por sus propios derechos a quien en
adelante y para los efectos derivados de este contrato se le denominará como
el/la “TRABAJADOR/A”. Los
comparecientes son capaces para obligarse y contratar, quienes libre y
voluntariamente convienen en celebrar el presente Contrato de Trabajo por
Tiempo Indefinido con sujeción a las declaraciones y estipulaciones contenidas
en las siguientes cláusulas:
PRIMERA.- ANTECEDENTES:
El
EMPLEADOR para dar cumplimiento a las atribuciones y funciones que a su cargo
se encuentran, y desarrollo de las actividades que forman parte de las tareas
propias a sus actividades necesita contratar los servicios de un (Detallar puesto)
La Dirección de
Administración de Talento Humano, mediante Memorando No. , de
solicita a (delegado de la Unidad Financiera), emitir la
certificación de Fondos en la Partida Presupuestaria correspondiente, con el
fin de proceder con la contratación de personal bajo régimen de Código de
Trabajo.
Mediante Certificación de Fondos No. de ,
la Dirección Financiera señala que los fondos se encuentran previstos en la
partida presupuestaria No. ,
para la contratación de personal de acuerdo al detalle solicitado.
Mediante Informe Técnico No.___________________________de
________________ la Dirección de Administración de Talento Humano, emite
informe favorable para la contratación del/la señor/a (Nombres y
apellidos completos)
SEGUNDA.- OBJETO:
Con estos
antecedentes, el EMPLEADOR contrata a al/la señor/a (Nombres y
apellidos completos) quien se compromete libre
y voluntariamente a prestar sus servicios lícitos y personales, en calidad de (Detallar puesto) para lo cual, declara tener los conocimientos y capacidades necesarias a
fin de cumplir a cabalidad con las actividades relativas al puesto, y las
disposiciones emanadas de sus superiores jerárquicos y/o jefatura inmediata y
mediata.
TERCERA.- LUGAR, JORNADA Y HORARIO DE TRABAJO:
El
TRABAJADOR, se obliga a desempeñar sus actividades en las instalaciones de la (Unidad
Administrativa) del Ministerio del Trabajo, ubicado en la República
del Salvador N34-138 y Suiza en la ciudad de Quito,
provincia de Pichincha, y cumplirá una jornada máxima semanal de cinco días
(lunes a viernes) y máxima diaria de ocho horas en el horario de 08h00 hasta
las 16h45 (incluye cuarenta y cinco minutos de almuerzo) que establece el
EMPLEADOR de acuerdo a las necesidades y actividades institucionales; sin
perjuicio de que el mismo se vea modificado e incluso adicionado por motivos
debidamente justificados y autorizados.
Si
por necesidades y exigencia del trabajo a realizarse o por circunstancias de
caso fortuito o fuerza mayor, fuera necesario que el/la TRABAJADOR/A deba
laborar los días de descanso obligatorio o en horas que excedan la jornada
máxima diaria, las partes aceptan someterse a lo dispuesto en los artículos 52
y 55 del Código del Trabajo. Para el
pago de las horas suplementarias o extraordinarias, deberá contarse con la autorización del EMPLEADOR.
CUARTA.- REMUNERACIÓN Y FORMA DE PAGO:
El/la TRABAJADOR/A
percibirá por la ejecución de su trabajo una remuneración mensual unificada de (Establecer el
valor en números y letras) con cargo a la partida presupuestaria
indicada en la cláusula Primera de este contrato. De este valor, el EMPLEADOR descontará lo que
corresponde a aportes personales al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social
IESS, impuestos o descuentos que hayan sido ordenados por el juez o autoridad
competente y los demás determinados en la ley.
Además se cancelarán las obligaciones sociales y los demás beneficios
establecidos en la legislación ecuatoriana.
La remuneración
será cancelada por mensualidades vencidas, mediante transferencia a la cuenta
bancaria fijada por el/la TRABAJADOR/A, así como también los valores proporcionales correspondiente a la décima
tercera remuneración y décimo cuarta remuneración; siempre y cuando el/la
TRABAJADOR/A no haya solicitado su acumulación.
QUINTA.- PLAZO Y TERMINACIÓN DEL CONTRATO:
El
plazo del presente contrato es por tiempo indefinido. Se establecen 90 días
como periodo de prueba, tiempo en el que cualquiera de las partes puede dar por
terminado libremente el contrato.
Vencido este plazo, automáticamente se entenderá que continúa en
vigencia por tiempo indefinido.
La
relación laboral podrá concluir por las causales establecidas en los Arts. 169
y 172 del Código de Trabajo en cuanto sean aplicables para este tipo de
contrato.
SEXTA.- DERECHOS, OBLIGACIONES Y PROHBICIONES DE LAS
PARTES:
En lo que respecta
a los Derechos, Obligaciones y Prohibiciones del EMPLEADOR y del TRABAJADOR/A
éstos se sujetan estrictamente a lo
dispuesto en el Código del Trabajo, Título I “DEL CONTRATO INDIVIDUAL DE
TRABAJO”, Capítulo IV “De las obligaciones del empleador y del trabajador”,
artículos del 42 al 46; y a la normativa dispuesta en los reglamentos internos
de la institución.
Adicionalmente,
el/la TRABAJADOR/A se compromete de manera expresa a:
(Detallar actividades y obligaciones específicas
que asume en razón del puesto)
En función de la
planificación operativa del Ministerio del Trabajo, las actividades
desempeñadas y el cumplimiento de este Contrato por parte del TRABAJADOR, serán de supervisión
directa de su Jefe Inmediato
El incumplimiento por
parte del TRABAJADOR/A de cualquier de las obligaciones establecidas en esta
relación contractual, se sancionará de conformidad con la Ley y los reglamentos
internos de la institución.
SÉPTIMA.- GASTOS DE MOVILIZACIÓN:
En caso de ser
necesaria la movilización del/la TRABAJADOR/A fuera de la sede habitual
designada para su desempeño, la Institución estará a lo dispuesto en el
artículo 42, numeral 22 del Código del Trabajo en lo referente a los gastos de
movilización, alimentación y estadía
fuera de la ciudad.
OCTAVA.-
CONFIDENCIALIDAD:
El/la TRABAJADOR/A
acepta que conoce que la información que llegue a su conocimiento, en razón de
la ejecución del presente contrato, debe ser tratada con absoluta reserva,
especialmente aquella considerada como confidencial o no divulgable conforme
las políticas y normas de seguridad de información de la institución. Por lo
tanto, está prohibida su utilización y distribución en beneficio propio o de
terceros, sin la autorización expresa por parte de la autoridad competente del Ministerio del Trabajo. El incumplimiento de esta obligación será
causal para dar por terminado este contrato de trabajo, sin perjuicio de la
facultad que tiene el Ministerio del Trabajo para iniciar las acciones civiles
o penales a que hubiere lugar, por lo que deberá mantener la confidencialidad
aún después de terminada la relación laboral.
El/la TRABAJADOR/A queda expresamente prohibido de reproducir o publicar
la información que llegue a su conocimiento en razón de las ejecución de esta
contrato.
NOVENA.-
NATURALEZA JURÍDICA:
Este contrato se
realiza sobre la base de lo dispuesto en la Constitución de la República, artículo
229 inciso tercero; los artículos 11 y
19 del Código del Trabajo; normas reglamentarias que regulan las relaciones
entre los/las trabajadores/as y los empleadores en el sector público; normas
internas del Ministerio del Trabajo; a las estipulaciones constantes en el Contrato
Colectivo de Trabajo entre el Ministerio de Trabajo y el Comité Central Único
de Trabajadores vigente, y demás legislación laboral conexa aplicable, por lo
que las partes se sujetarán a las disposiciones allí establecidas.
DÉCIMA.-
JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA:
En todo lo que no
estuviere estipulado en este contrato, cuyas cláusulas son plenamente conocidas
y aceptadas por las partes, se sujetarán al Código del Trabajo, sus reformas y
demás normativa conexa vigente; y para sus efectos, el/la TRABAJADOR/A señala
domicilio en la ciudad de (Especificar ciudad), por tanto se someterá a los
jueces de su domicilio conforme al artículo 570 del Código del Trabajo.
Para comunicaciones y
notificaciones las partes señalan como su dirección las siguientes:
EMPLEADOR: Ministerio
del Trabajo, edificio Matriz, Av. República
del Salvador N34-138 y Suiza, Quito, Ecuador.
TRABAJADOR/A: (Especificar domicilio)
En caso de suscitarse
discrepancias en la interpretación, cumplimiento y ejecución del presente
contrato y de existir dificultades no solventadas dentro del proceso de su
ejecución, las partes tratarán de solucionarla de mutuo acuerdo de manera
amigable. Si no fuere posible la solución, las divergencias se resolverán en
los juzgados competentes de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 568 y
siguientes del Código del Trabajo.
Las partes se ratifican
en todas y cada una de las clausulas precedentes y para constancia y plena
validez de lo estipulado en el presente contrato, lo suscriben por triplicado,
en la ciudad de Quito, de del 2015
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El/la Trabajador/a,
TRABAJADOR
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Por el Ministerio del
Trabajo,
EMPLEADOR
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Nombres y Apellidos:
Número de Cédula:
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Número de Cédula:
Nombre de Representante del Ministerio
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